Lo mejor de la información de Ciudad de México, el país y el mundo
Facebook POSTA header X POSTA header Instagram POSTA header Youtube POSTA header TikTok POSTA header
México

Mayo de Utilidades, conoce cómo y cuándo tienen que pagártelas

Todos los trabajadores deben saber que mayo es el mes en el que se pagan las utilidades. Si no sabes cuándo es la fecha límite, te decimos todos los detalles.

Mayo de Utilidades, conoce cómo y cuándo tienen que pagártelas

Publicado el

Por: Ana Francys González

CIUDAD DE MÉXICO.- Llegó mayo y con el, las utilidades, o al menos deberían llegarte pronto, o para ser más específicos antes del 30 de este mes.

El reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, esto de acuerdo con el gobierno de México.

¿CUÁNTO Y CUÁNDO DEBES RECIBIRLAS?

Las personas que trabajan para una persona moral, o sea una empresa, tienen que recibirlas a más tardar el 30 de mayo, pero quienes trabajan para una persona física, o un patrón, deben tenerlas antes del 29 de mayo.

El porcentaje que recibirán los trabajadores de las utilidades, lo determinará la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

Las utilidades netas se divide en dos partes iguales. La primera parte se reparte por igual entre todos los trabajadores, tomando en cuenta el número de días trabajados en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios correspondientes al trabajo prestado durante el año.


¿QUIÉNES DEBEN RECIBIR LAS UTILIDADES?

De acuerdo con el gobierno federal:

Es aplicable a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más, según su declaración fiscal 2016, y que tengan más de un año en funcionamiento. Bajo estas condiciones, los trabajadores tendrán derecho al Reparto de Utilidades, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o tenían contrato por obra determinada.

¿QUIÉNES NO RECIBIRÁN UTILIDADES?

Las personas que no tienen derecho a recibirlas, son los trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.

Tampoco las empresas de reciente creación, de menos de un año, deben pagar este derecho, así como instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

Si como trabajador no recibes tus utilidades, tienes hasta un año de plazo para reclamarlas y si como empresa no las pagas, podrías hacerte acreedor a multas de 50 a 5000 salarios mínimos vigentes.

Las utilidades que reciben los trabajadores sí están sujetas al Impuesto Sobre la Renta (ISR), pero solo la cantidad que exceda el equivalente a 15 días de salario mínimo general.

Si tienes alguna duda, puedes escribir o llamar a los siguientes datos:

PROFEDET

  • Teléfonos: 01 800 71 72 942 y 01 800 911 78 77
  • Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
  • En cualquiera de sus 48 oficinas 

Ver nota:
¡Ya vienen! Conoce qué son y quiénes tienen derecho al Reparto de Utilidades

Comparte esta nota Copiar Liga
URL copiada al portapapeles
Otras Noticias