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México

Senado aprueba modificaciones a la Ley del ISSSTE que beneficia a extrabajadores

La senadora Griselda Valencia, presidenta de la Comisión de Seguridad Social, resalta que se atiende el problema que enfrentan personas que dejan de cotizar en el sistema de seguridad social.

Senado aprueba modificaciones a la Ley del ISSSTE que beneficia a extrabajadores.      Foto: @SenGriceldaVal
Senado aprueba modificaciones a la Ley del ISSSTE que beneficia a extrabajadores. Foto: @SenGriceldaVal

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Por: Víctor Hugo Barrera

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CIUDAD DE MÉXICO.- La presidenta de la Comisión de Seguridad Social, Gricelda Valencia de la Mora, destacó que con la aprobación de reforma al artículo 202 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, se atiende la problemática a la que se enfrentan las personas que dejan de cotizar en un sistema de seguridad social por la baja de su empleador.

De esta manera, los extrabajadores al servicio del Estado puedan solicitar por escrito su reingreso al régimen obligatorio del ISSSTE a través de la continuación voluntaria, cuando hubiesen causado baja por la falta de pago de las cuotas o aportaciones.

Apoya a quienes al momento de dejar de trabajar todavía no cumplen con los requisitos necesarios para disfrutar los beneficios que les ofrece el pertenecer a estas instituciones.

Gricelda Valencia de la Mora, 

Presidenta de la Comisión de Seguridad Social.

 

¿Cuándo podrá ser aplicable este artículo?

El artículo reformado precisa que dicha solicitud deberá formularse dentro de los 12 meses siguientes a la fecha de su baja en la continuación voluntaria. También subraya que el objetivo es fortalecer el enfoque progresista y proteccionista de la población.

El proyecto que se envió al Ejecutivo Federal busca crear condiciones equitativas entre los sistemas de seguridad social, para permitir el disfrute y ejercicio de los beneficios que estos ofrecen mediante la continuación voluntaria.

Gricelda Valencia de la Mora, 

Presidenta de la Comisión de Seguridad Social.

Esta reforma de Ley al artículo 60 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que la omisión de presentar o notificar en tiempo y forma el aviso del riesgo o presunción de este, no pueda tener como consecuencia jurídica, la improcedencia de la solicitud de calificación o reconocimiento de los riesgos laborales.

La senadora Valencia de la Mora explicó que actualmente la ley establece un plazo de tres días para que las dependencias, entidades, el trabajador o sus familiares, avisen por escrito al Instituto, sobre los riesgos ocurridos, y de no cumplir en ese tiempo, no procederá la solicitud de calificación ni se reconoce un riesgo de trabajo.

Cabe aclarar que eta última reforma deberá ser aprobada por el pleno de la cámara de diputados como cámara revisora y en caso de hacerlo se publicará en el Diario Oficial de la Federación.


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