Estas son las nuevas reglas para restaurantes, bares y estéticas de la CDMX
Existe un nuevo reglamento de la CDMX, que ha establecido la Ley de Establecimientos Mercantiles, donde señala obligaciones y derechos de los establecimientos.
CIUDAD DE MÉXICO.- La capital es de los lugares con más variedad de restaurantes, bares y estéticas y establecimientos. En la CDMX, se tiene desde el restaurante más antiguo, hasta los tres más exclusivos, considerados los mejores del mundo.
Es por ello, que el gobierno de la CDMX, ha publicado en la Gaceta Oficial el Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, con el objetivo de regular reglamentos para restaurantes y negocios, de unificar las normativas que deben seguir y cumplir en la capital.
Si eres la o el dueño de un restaurante, recinto de eventos, espacio cultural, etc y te interesa conocer más a fondo el Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
— Secretaría de Desarrollo Económico (@SedecoCDMX) October 4, 2024
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¿En qué benefician estas modificaciones?
Las autoridades capitalinas resaltaron que el documento proporciona legalidad, eficacia e imparcialidad a la apertura y funcionamiento de los establecimientos mercantiles. Esta ley clarifica la aplicación de la Ley en diversos aspectos; como el de la colocación de enseres en vía pública, venta de bebida alcohólica y los derechos del consumidor.
De acuerdo a los datos del Instituto Nacional de Geografía Estadística (Inegi), existen un total de 435,000 establecimientos. De estos, más de 250,000 han presentado avisos o solicitudes de permiso para su funcionamiento en el Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles (SIAPEM). Se espera que con la implementación de un reglamento más claro y específico, un mayor número de negocios se formalicen en la ciudad. Entre las modificaciones se consideran:
- Ruido: Por ningún motivo el ruido debe afectar a los establecimientos vecinos. En el artículo 41 establece que la promoción de productos o servicios se debe realizar dentro de los negocios.
- Servicios complementarios: Estos espacios podrán realizar giros complementarios como la venta de cerveza, o alimentos preparados en un horario de las 16:00 a las 24:00 horas, siempre y cuando se realicen actividades culturales dentro de ese mismo horario.
- Carpinterías: Estos negocios podrán ofrecer otros servicios, como tapicería y reparación de muebles, pero estos se deben realizar al interior del negocio, así se destaca en el artículo 50.
- Estéticas: Estos negocios, incluyendo peluquería, salón de belleza, spa o similares, no podrán vender bebidas alcohólicas, ni obsequiarlas como cortesía, de hacerlo el establecimiento podrá recibir una sanción.
- Venta de bebidas alcohólicas: Estos negocios con permiso de venta alcohólica no podrán condicionar el consumo de estas para permitir el acceso o estancia de los clientes, y la venta se podrá extender, solo si se solicita la ampliación del horario a las autoridades, lo cual permitiría que el horario se dé jueves a sábado hasta las 4:30 am y de domingo a miércoles hasta las 3:30 am.
- Obstrucción de la vía pública: El reglamento establece normas claras sobre la instalación de sombrillas, mesas y sillas en la vía pública, destacando que no podrán ser permanentes y deberán ser instaladas y retiradas diariamente. Asimismo, se prohíbe la colocación de letreros, bocinas, llantas, inflables, caballetes u cualquier otro objeto que obstaculice el paso peatonal o vehicular en la vía pública. Además, ningún establecimiento mercantil podrá invadir la vialidad con objetos para apartar cajones de estacionamiento.
- Derecho de los clientes y usuarios: Exhibir a la entrada la carta o menú, con la descripción y precios con Impuesto al Valor Agregado incluido (IVA), así como de cualquier servicio que genere un costo adicional. La carta o menú que se ofrezca al interior del establecimiento deberá corresponder con la exhibida en la entrada.
¿Por qué fue necesaria esta medida?
La falta de claridad en las reglas generaba confusión entre los comerciantes, que en ocasiones aprovecharon vacíos legales para operar de forma irregular. Durante la pandemia, por ejemplo, se otorgaron permisos a restaurantes para utilizar la vía pública y atender a sus clientes al aire libre. Sin embargo, esta medida derivó en nuevos problemas cuando algunos establecimientos llegaron a obstruir el paso peatonal, así como ocupar lugares de estacionamiento en zonas donde este es limitado.
Esta falta de claridad en las normativas ha generado conflictos y situaciones que afectan a la convivencia en la ciudad.
Con esta nueva regulación, se busca brindar un marco jurídico claro y uniforme para los negocios en la Ciudad de México, facilitando así su operación y cumplimiento de las normativas vigentes. Además, se pretende promover un ambiente de competencia justa y equitativa entre los diferentes establecimientos mercantiles.
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