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México

Así puedes solicitar un video de las cámaras del C5 en CDMX

Si deseas contar con alguna evidencia por algún problema, aquí te decimos paso a paso cómo adquirir el video de estas cámaras.

En los postes de la CDMX se encuentran cámaras del C5. Foto: Gobierno CDMX
En los postes de la CDMX se encuentran cámaras del C5. Foto: Gobierno CDMX

Publicado el

Por: Maureen Hernández

CIUDAD DE MÉXICO.- Seguramente te ha tocado ver varios videos del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadanos de la CDMX(C5), ya sea por alguna injusticia o cualquier motivo que al final sirve como evidencia de alguna situación adversa.

Y es que actualmente hay más de 63 mil cámaras de seguridad que registran la vida de millones de ciudadanos, por lo que si has sido víctima de algún robo o delito puedes solicitar el material audiovisual y aquí te decimos cómo hacerlo.

Para hacerlo, es esencial que haya una cámara cercana al lugar de los hechos. Debes conocer la ubicación exacta de la cámara, ya que se te pedirá esta información al solicitar el video.

Es importante tener en cuenta que las grabaciones se eliminan después de un periodo de entre 7 y 30 días.


Si un ciudadano identifica una cámara cercana, puede solicitar el resguardo de los videos especificando el ID de la cámara o la calle y esquina más próximas.

Estos son los requisitos para pedir videos del C5

La solicitud de resguardo de videos también puede realizarse directamente ante la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), proporcionando la siguiente información:

  • ID de la cámara
  • Número de averiguación previa
  • Asunto o expediente
  • Autoridad ante la que se encuentra radicado el asunto
  • Fecha, hora y dirección donde ocurrió el incidente

Para presentar una denuncia, debes dirigirte al Ministerio Público. La información obtenida mediante equipos o sistemas tecnológicos solo puede ser remitida al Ministerio Público, a una autoridad judicial, a una autoridad especializada en justicia para adolescentes, o a una autoridad administrativa.


Toda esta información está contemplada en los artículos 24 y 31 de la Ley que Regula el Uso de la Tecnología para la Seguridad Pública de la Ciudad de México.

Ver nota:
Tráiler derriba poste del C5 y se da a la fuga

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