Violencia Vicaria en CDMX, Fiscalía la atenderá por medio de agencia
La Violencia Vicaria ya es considera un delito desde junio de este 2024 por lo que la Fiscalía atenderá e investigará estos casos mediante una agencia especializada.
CIUDAD DE MÉXICO. – El término, Violencia Vicaria, fue acuñado por la psicóloga clínica y forense Sonia Vaccaro, por primera vez hace diez años, sin embargo, no fue sino hasta mediados de este 2024 cuando se tipificó como delito en la CDMX.
La nueva Agencia de Investigación del Delito de Violencia Vicaria estará adscrita a la Fiscalía de Investigación del Delito de Violencia Familiar e investigará la comisión del delito previsto en el artículo 201 Ter del Código Penal para el Distrito Federal.
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¿Qué es la violencia vicaría?
El código civil del Distrito Federal establece que la “Violencia vicaria, es cualquier acto u omisión cometido por quien mantenga o haya mantenido una relación de matrimonio, concubinato o de hecho con una mujer y ejerza violencia física, psicológica, sexual, económica o patrimonial contra ella, utilizando como medio a sus descendientes”.
El apartado contempla otras formas de violencia vicaria entre las que se encuentran la violencia física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, siempre y cuando se utilice a los hijos o personas bajo su cuidado como medio para ejercerlas.
¿Cuáles son las penas máximas y mínimas para quien cometa Violencia Vicaria?
En el Código Penal para el DF, se señala que quienes cometan Violencia Vicaria enfrentarán una pena que va de los 2 a los 6 años de prisión, además, de que este delito será causal para la perdida de la patria potestad de los descendientes.
Aunado a lo anterior los perpetradores tendrán que reparar los daños y perjurios que dicha conducta cause en las víctimas.
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¿Qué actos se consideran Violencia Vicaría?
Cualquier acto de violencia que ponga en peligro la integridad física, sexual o psicológica de los descendientes, entre estos destacan:
• Dejar de manera intencional a los menores o personas que requieran cuidados sin supervisión o cuidado adecuado
• Negarles la atención médica necesaria de forma injustificada o intencional
• Separar de la víctima a hijos menores de hasta dos años, sin el consentimiento de la víctima y sin una orden de una autoridad competente que modifique el régimen de custodia
• Impedir, limitar o condicionar, reiterada e injustificadamente, la convivencia de descendientes, personas con discapacidad o enfermas que se encuentren bajo el cuidado de la víctima.
Actualmente, solo 12 estados reconocen en sus códigos penales la Violencia Vicaria como un delito, entre ellos el Estado de México.
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