¡Una y otra vez! Se activa Contingencia Ambiental y Doble Hoy No Circula
Con los contaminantes y formación de ozono, la CAMe reveló que se percibe una muy mala calidad de aire.
CIUDAD DE MÉXICO.- Si te encuentras cansado por la activación constante de la Contingencia Ambiental en las últimas semanas en la CDMX, te tenemos una noticia no tan agradable, pues volvió.
La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activó nuevamente la Fase 1 de contingencia, esto debido a los altos niveles de ozono en el Valle de México, y es que desde horas anteriores, las autoridades capitalinas ya habían advertido de la mala calidad del aire.
Es importante mencionar que se han documentado concentraciones máximas de ozono, alcanzando los 160 ppb en la estación Pedregal (PED) y 155 ppb en la estación Centro de Ciencias de la Atmósfera, localizadas en las Alcaldías Álvaro Obregón y Coyoacán, respectivamente.
El sistema de alta presión que ha incidido en el centro del país, junto con la estabilidad atmosférica asociada, han ganado fuerza durante el transcurso del día, especialmente a partir del mediodía.
Este fenómeno ha generado un cielo despejado y temperaturas que superan los 30 °C, así como una intensa radiación solar en el Valle de México. Estas condiciones, combinadas con un viento débil y variable, han propiciado la acumulación de contaminantes y la consiguiente formación de ozono, alcanzando niveles de calidad del aire considerados como Muy Mala.
¿Qué autos no circulan este viernes por contingencia?
Este viernes 31 de mayo, se establece la suspensión de circulación para los siguientes vehículos en el horario comprendido entre las 5:00 y las 22:00 horas:
- Los automóviles particulares con holograma de verificación 2.
- Los automóviles particulares con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 5, 7, 9 y 0.
- Los automóviles particulares con holograma de verificación 00 y 0, con engomado azul, y cuya terminación de placa sea 9 y 0.
- Se impone restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuando la terminación de la matrícula sea NON.
- Los vehículos de carga local o federal no podrán circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, salvo aquellos que formen parte del Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
- Los taxis con holograma de verificación '00', '0', '1' o '2' estarán sujetos a la restricción de circulación de las 10:00 a las 22:00 horas, en conformidad con las disposiciones mencionadas en los puntos 1, 2 y 3.
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Los vehículos que circularán
- Se permite la circulación de vehículos eléctricos e híbridos, así como aquellos que posean matrícula ecológica o un holograma tipo exento.
- Los vehículos con holograma '00' o '0' vigente podrán circular, independientemente de su uso y la entidad federativa de matriculación, siempre y cuando posean un engomado distinto al azul y su placa no termine en 9 o 0.
- Se autoriza la circulación de vehículos particulares en situaciones de emergencia médica manifiesta y urgente.
- Los taxis pueden circular de 5:00 a 10:00 horas durante los días restringidos por el Programa Hoy No Circula, sin importar el holograma que posean, con el fin de facilitar la movilidad de la población.
- Se permitirá la circulación de vehículos de servicios urbanos destinados a actividades de emergencia, tales como asistencia médica, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, vigilancia ambiental y suministro de agua.
- Los vehículos destinados al transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con la autorización correspondiente, podrán circular sin restricciones.
- Se autoriza la circulación de vehículos utilizados en cortejos fúnebres y servicios funerarios, siempre y cuando posean un holograma de verificación vigente.
- Los vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad, que cuenten con el permiso correspondiente para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, un holograma de discapacidad o una placa especial según la entidad, podrán circular sin restricciones.
- Se permite la circulación de vehículos destinados al transporte de residuos y materiales peligrosos, con la autorización correspondiente, excluyendo aquellos que transporten combustibles como gasolina, diésel y gas LP.
- Se permite la circulación de vehículos de servicio público de pasajeros y turismo, como vagonetas, microbuses y autobuses, siempre y cuando cumplan con las disposiciones de verificación vigentes y posean una placa federal o local.
- Los vehículos que transporten mercancías o productos perecederos en unidades equipadas con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto, pueden circular sin restricciones.
- Las motocicletas están exentas de las restricciones establecidas en la Fase 1 del programa.