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¡Es oficial! Modifican la Ley de Protección y Bienestar Animal de la CDMX

Varios servidores públicos recibirán la capacitación por la Agencia de Atención Animal para aportar la mejor atención a los ciudadanos que recurran a ellos y a los animales bajo su tutela o custodia.

Por: Maureen Hernández

CIUDAD DE MÉXICO.- El Gobierno de la Ciudad de México difundió múltiples actualizaciones y ajustes a la Ley de Protección y Bienestar de la Ciudad de México. Estas incluyen definiciones clave como 'animal de compañía', 'animal en situación de abandono' y 'tutela responsable', además de esclarecer las atribuciones asignadas a la Agencia de Atención Animal (Agatan) y otros aspectos relevantes.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Bienestar Animal del congreso local, Jesús Sesma, celebró estos cambios que obligará a quienes tengan animales de compañía, están obligados a inscribir a su animal en el Registro Único de Animales de Compañía de la Ciudad de México.

Además, se procedió a la modificación del artículo 4 de la mencionada ley, incorporando definiciones clave como las de animal abandonado o en situación de abandono, animal de compañía, animal para monta, carga y tiro.


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Se tiene la obligación de mantener a los animales sujetos mediante una correa durante su desplazamiento en la vía pública, así como recoger las deposiciones que realicen.

En el artículo 28 se establece que los establecimientos debidamente autorizados para la venta de animales tienen la obligación de emitir un certificado de venta a la persona que adquiera un animal. Este certificado deberá contener, al menos, el nombre y domicilio de la persona que asuma la responsabilidad como tutora.


De igual manera, el artículo 73 establece los siguientes requisitos que la Agencia de Atención Animal deberá cumplir:

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